El máximo tribunal se pronunció así, a partir de una causa en la que una mujer denunció a su pareja por supuesta celotipia.
Dialogamos con el abogado Rodrigo Iglesias, especialista en Derecho Informático y Nuevas tecnologías, que explicó: “Esto no es nuevo. Está establecido desde 2014. Lo que sucede es que la Corte ratifica esto con su fallo. Si uno tiene acceso con usuario y contraseña, tiene expectativa de privacidad. Si lo dejás abierto, y alguien ve no es delito. Es lógico que existan formas de cometer delitos informáticos. Deben investigarse en forma transfronteriza, por competencia federal.”
Rodrigo Iglesias , abogado especialista en Derecho Informático y nuevas tecnologías.
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