En el marco de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados, los legisladores avanzaron en el tratamiento de una serie de modificaciones a la normativa que establece el parámetro mínimo de años que garanticen la recuperación y restauración de las superficies incendiadas.
Informe: Gastón Fiorda
En este sentido, el diputado por Mendoza, José Luis Ramón, defendió los cambios que proponen endurecer los controles y aseguró que no se puede "permitir que se sigan haciendo negocios en base a nuestro medio ambiente". "No podremos avanzar una hectárea más en la deforestación de nuestra Argentina. No podemos permitir que se sigan haciendo negocios en base a nuestro medio ambiente", sostuvo, y señaló que "este proyecto es duro, no por las penas, sino por la prevención".
El proyecto reforma la Ley 26.815 del Manejo del Fuego con el objeto de prohibir o realizar modificaciones en el uso de las superficies que tenían previo a los incendios provocados o accidentales,
La iniciativa determina que, por el término de 60 años, no se podrá cambiar el uso de los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, e impone una limitación de 30 años en el caso de que la afectación se produzca en una zona agrícola.
En esos plazos "no se podrán realizar en los bosques naturales o implantados la división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares.
Tampoco se podrá "hacer cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio", se sostiene en los fundamentos de la iniciativa .
Además, se fija en el proyecto que el plazo de 60 años "se puede extender, sí así lo indicase el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente".
"En el caso de incendios de zonas agrícolas, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural, no se permitirán modificar esos suelos por el termino de 30 años para lograr su restauración", se indica en el proyecto.
Al respecto, la iniciativa establece que "no se podrá cambiar el uso de esas zonas para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio".
Etiquetas: Cámara de Diputados, incendios forestales, josé luis ramón, Medio Ambiente