En funcionamiento desde el 27 de marzo de 2018, tiene como autoridad de aplicación a la Secretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno a partir de la Ley 5273.
Entre las funciones específicas se encuentran tener un registro actualizado "de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente cuotas alimentarias a menores o personas discapacitadas". Cabe mencionar que los deudores alimentarios morosos tienen el "alta" en el padrón a partir de las 3 cuotas consecutivas o 5 cuotas alimentarias alternadas.
De esta manera, se procura proteger los intereses de niños y adolescentes destinatarios de la cuota alimentaria, de acuerdo a los postulados de la Convención de los Derechos del Niño.
A partir de las exigencias del Registro del Automotor, el Colegio de Escribanos y otras instituciones, dijo el encargado del REDAM, Federico Gonzales, que se consideraron positiva la aprobación de la Ordenanza N° 7266, referente a que la Municipalidad no otorgará, transferirá o autorizará a registrar de manera definitiva las habitaciones, concesiones, licencias y permisos a quienes se encuentren incluidos en el Registro.