Algunas empresas que iniciaron la importación de este tipo de vehículos se encargaron de publicitar comercialmente su producto como una moto que, al igual que una bicicleta o un juguete, no debía patentarse y, en consecuencia, no estaba alcanzada por impuestos, ni debía asegurarse. Esta operatoria se da, aún hoy, con empresas que venden motos eléctricas con una simple factura, y sin hacer los trámites correspondientes, no solo para que dichos modelos puedan ser inscritos, sino tampoco son homologados para circular en la vía pública.
La Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor advirtió que los ciclomotores eléctricos deben ser patentados para poder circular. Oscar Agost Carreño, subdirector de la D.N.R.P.A, relevó a Radio Nacional Córdoba que algunas empresas importaron este tipo de vehículos como si fueran juguetes y afirmó que en realidad "es obligatorio su patentamiento".
Es por ello que debo ser muy enfático en cuanto a decir que todo motovehículo, en Argentina, se debe patentar sin importar el tipo de propulsión que tenga (nafta, energía eléctrica, etc.) Ello es así, al menos desde el año 1.988.
Etiquetas: DNRPA