La Cámara de Senadores de la Nación aprobó hoy, y giró a Diputados, un proyecto que le introduce varios cambios a la Ley del Ministerio Público Fiscal, entre los que se destacan que la elección del jefe de los fiscales sea por mayoría absoluta de la Cámara alta, en vez de por los dos tercios de los presentes, y establece una reducción del período de mandato a cinco años, reelegible por un lustro.
La iniciativa fue aprobada por 42 votos a favor y 27 en contra, tras un debate de cinco horas.
El respaldo de la iniciativa provino del Frente de Todos y de sus aliados del Frente Renovador de la Concordia de Misiones y de Juntos Somos Río Negro.
En tanto, el interbloque de Juntos por el Cambio, así como sus asociados del interbloque Parlamentario Federal, votaron en contra.
La principal reforma a la Ley del Ministerio Público modifica las mayorías para designar al jefe de los fiscales. En la actualidad, se concreta con el voto de los dos tercios de los presentes en la Cámara alta, mientras que con el cambio que deberá ahora debatir Diputados se necesita sólo mayoría absoluta.
El Frente de Todos, al menos hasta diciembre del año que viene, tiene 43 senadores propios, más que suficiente para designar al próximo procurador.
La discusión se lleva a cabo mientras el oficialismo y la oposición no se ponen de acuerdo para designar al juez federal Daniel Rafecas, propuesto por el Poder Ejecutivo, para ocupar el cargo de procurador.
Su pliego permanece sin ser debatido en el seno de la Comisión de Acuerdos de la Cámara alta.
El proyecto aprobado hoy también establece que la postulación y designación del candidato no podrá realizarse durante el año electoral en el cual se elija presidente de la Nación.
Asimismo, se establece que el procurador dura en sus funciones cinco años, pudiendo ser nuevamente designado en forma consecutiva por un único período a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional y con nuevo acuerdo del Senado.
Por otro lado, el Procurador General de la Nación al momento de su designación no podrá superar los 75 años de edad.
El proyecto también dispone que el procurador sólo puede ser removido por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones.
En ese caso, para la acusación ante el Senado de la Nación, se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, en tanto que para la remoción se necesitan los votos de los dos tercios.
No obstante, el Senado podrá suspender al procurador, mientras dure el proceso de remoción, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.
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