"Para que la gente sepa durante la pandemia se habilitó en gran parte del país el uso de teléfono celulares a las personas privadas de libertad porque no podían acceder a las visitas físicas. El uso de teléfonos celulares sirvió para disminuir la conflictividad carcelaria", recordó el presidente del Comité Provincial contra la Tortura. A su vez desestimó el argumento del autor del proyecto al referir que en el Chaco no tiene información sobre usos delictivos de teléfonos móviles en contextos de encierro.
"En provincias como Códorba o Santa Fe había un uso extendido de los celulares. Sin embargo Buenos Aires y Chaco ya tenían protocolizado el acceso. Esta ley viene a legislar sobre lo que ya está en vigencia", dijo el abogado e indicó que la palabra prohibición, luego desestimada en la normativa por limitación, daba carácter inconstitucional a la ley por violar los derechos humanos .
Nielsen afirmó que son más de 980 aparatos celulares registrados, marca, procedencia, número de IMEI, fotografiados. "Si alguno se descompone se le da la baja", afirmó y recordó que ninguna persona privada de libertad en el ámbito del servicio penitenciario tienen más de un aparato. "Si lo hiciera sería producto de la clandestinidad", completó.
Etiquetas: CELULARES, Derechos Humanos