Pedro Fragueiro planteó el recurso la apelación a su destitución aunque no es una figura que se encuentre técnicamente de jury. En el día de mañana habrá una reunión de los integrantes del jurado de enjuiciamiento para determinar si aceptan la presentación o no.
El presidente del Colegio de Abogados de la provincia de Misiones, Fernando Orbe, en diálogo con #VolvamosAEscucharnos indicó sobre la defensa expuesta por Fragueiro que “planteo a la falta de condena en la sede penal como si fuera un antecedente necesario para después juzgarlo en sus responsabilidades funcionales. Lo cual está totalmente errado, porque son dos responsabilidades distintas, uno que lo resuelve el fuero penal y otra que determinó el jury por su conducta indecorosa”.
Además, aclaró que la destitución no lo inhabilitó para ejercer como abogado ni tampoco de volver a ocupar un cargo público.
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