La desregulación del transporte automotor de pasajeros de mediana y larga distancia que oficializó hoy el Boletín Oficial permitirá modernizar una norma con 30 años de antigüedad, y lograr mayor transparencia y ahorro en la gestión de trámites burocráticos, precisó la Secretaría de Transporte.
Al respecto, el ministro de Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, remarcó en la red social X que "a partir de ahora las empresas podrán elegir sus horarios, rutas, precios, tamaño de sus vehículos y paradas sin necesidad de autorizaciones ni trámites engorrosos".
A su vez un informe de la Secretaría de Transporte subrayó que, con esta decisión, "no se redujo ningún requisito respecto de las medidas de seguridad".
También indicó en un comunicado que la desregulación "comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias".
En este sentido, Sturzenegger aseveró que "el cambio se adapta a los tiempos que corren" y agregó: "Hace 30 años el tránsito en colectivo era el único mecanismo de conexión entre los puntos más importantes del país pero, en la actualidad, este tránsito se hace en competencia con otros medios", en referencia al rubro aerocomercial.
"Por este motivo lo más relevante hoy es brindarle flexibilidad a la industria para adecuarse a las cambiantes condiciones de la demanda", agregó.
A su vez, el ministro señaló que "aeropuertos y puertos deberán permitir el ingreso de cualquier operador de transporte de pasajeros, e incluso generar espacios para las plataformas de uso compartido (Uber, Cabify y otros)".
La medida fue celebrada por la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (Aaeta) quienes en reiteradas ocasiones insistieron en que "es esencial agilizar la normativa" así como "reducir la burocracia que dificulta la prestación eficiente de servicios".
A partir de la implementación del Decreto 883/2024 firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos; y del ministro de Economía, Luis Caputo, se establece el "libre estacionamiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios de los transportistas".
De esta forma, las firmas del sector tendrán menos restricciones para establecer precios, modificar o discontinuar rutas que no sean rentables y permitiría el ingreso de nuevas compañías al sistema lo cual también favorecerá la competencia y rebaja de precios.
La norma regirá para el transporte por automotor de pasajeros por carretera en el ámbito de la jurisdicción nacional, que comprende el transporte interjurisdiccional entre las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre provincias, en los puertos y aeropuertos nacionales, entre ellos, o entre cualquiera de ellos y la Ciudad o las provincias, pudiendo también celebrarse convenios entre las partes para lograr una mayor "eficiencia".
Están excluidos los servicios que se desarrollen exclusivamente en el área metropolitana de Buenos Aires, los servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional que operan en las diversas unidades administrativas y los servicios públicos de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional.
También están excluidos del régimen de las zonas de seguridad de fronteras tanto para las personas humanas o jurídicas que realicen transporte de pasajeros o de cargas.
Hay un plazo de 60 días a partir de hoy para que comience a regir la nueva disposición que prevé además la creación de un Registro Nacional del Transporte de pasajeros, de acceso público, sin costo y online.
Esto permitirá una mayor comodidad del transportista, ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia.
Las transportistas ya están registradas no tendrán que volver a hacerlo y las que se inscriban por primera vez, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días de presentada la solicitud.
De este modo, llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trámite se concede y autoriza para agilizar el procedimiento y no perjudicar al usuario.
El objetivo es la "liberalización, modernización y desregulación del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual”, señaló la Secretaría en un comunicado.
Desde el Gobierno entienden que la baja de costos está vinculada a que aumentará la competencia y generará una mayor oferta de servicios.
El decreto establece también que se fijarán libremente los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva.
En tanto, las empresas deberán informar la capacidad de los transportes que utilizan, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje, según establece el apartado "Parque Móvil", referido en el decreto oficializado hoy.
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