ya rigen desde junio

Nuevo esquema de ajustes de las tarifas de gas y actualización de cuadros tarifarios

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó una nueva metodología de ajuste periódico de tarifas para las diferentes distribuidoras de gas natural del país y actualizó los cuadros tarifarios desde junio de 2025.

Mediante distintas resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, el organismo establece la actualización de los cuadros tarifarios que regirán para los usuarios residenciales y comerciales.

La norma establece que “las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de gas natural deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales" llevadas adelante por el Enargas.

La decisión se apoya en la Revisión Quinquenal de Tarifas (RQT) de Metrogas, que estableció un esquema de aumentos mensuales y consecutivos durante 31 meses, en línea con las directrices del Ministerio de Economía.

La resolución actual aprueba la segunda cuota de ese incremento, que se suma a la actualización de los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) fijados por la Secretaría de Energía para los consumos realizados a partir de junio.

El Enargas también incorpora en la metodología de ajuste la reciente modificación del Numeral 9.4.1.1. de las Reglas Básicas de las Licencias (RBL), que permite la actualización mensual de las tarifas de transporte y distribución de gas, siempre que las licenciatarias presten su consentimiento.

Según el documento, la autoridad regulatoria “establecerá un mecanismo no automático de adecuación con el objetivo de mantener la sustentabilidad económica-financiera de la prestación y la calidad del servicio”.

La premisa con la que trabaja la Secretaría de Energía es que los incrementos estarán en línea con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec y no implicarán un gran impacto en el bolsillo de los hogares.

La resolución aclara que “para el consumo base de los usuarios Residenciales Nivel 2 y Nivel 3 se aplicarán las bonificaciones establecidas, o las que se establezcan en el futuro, por la Secretaría de Energía como Autoridad de Aplicación del Decreto Nº 465/24 al valor consignado a los usuarios Residenciales Nivel 1, como así también el límite de consumo de la categoría por sobre el cual se aplicará un precio diferenciado, si correspondiere”.