El juez de El Bolsón, Marcelo Muscillo, hizo lugar al amparo colectivo presentado por la Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro, el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas y siete comunidades del Sur de Rio Negro, contra el gobierno de la provincia y ordenó el cese de cualquier actividad minera en sus territorios, ya sea exploración, prospección, cateo o explotación.
Muscillo, hizo lugar a la “afectación de las comunidades” por los cateos y exploraciones mineras que se realizaron y ordenó a la provincia de Rio Negro la implementación de un mecanismo de consulta previa, libre e informada a las comunidades a fin de tener su consentimiento para avanzar con estos desarrollos.
Así, la Secretaría de Minería que había otorgado los permisos de exploración, deberá notificar a todas las empresas mineras la imposibilidad de ingresar a los territorios de las comunidades, de extraer muestras minerales o de llevar a cabo cualquier actividad relacionada con la actividad. Asi lo explico el titular del Codeci, Newen Loncoman, en Radio Nacional El Bolsón.
El amparo fue presentado, las comunidades del sur de Rio Negro: Ancalao, Mariano Solo, Lofche Pulam Lafken, Amulen Che, Newen Ñuke Mapu, Pilquiniyeu del Limay, Ragiñ Plang Curra Meu.
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