Los encuentros se permiten los días sábados, domingos y feriados en horario de 9 a 23 y cumpliendo un estricto protocolo.
Se publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 635 que habilita las reuniones familiares hasta un máximo de diez personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. No se tendrá en cuenta la terminación del DNI para asistir.
La normativa no implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares. Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones o campings.
La Ministro de turismo de la provincia, Mariana Juri, puntualizó en diálogo con LV4 que tenemos que ser conscientes de que “tenemos que todavía cuidarnos entre todos, es la misma familia la que seguramente encontrará los mecanismos más adecuados para cuidarse. Se trata de aliviar la sensación, preocupación y angustia, y hacer algunas reuniones familiares. Pedimos que se realicen en el marco de lo que se va habilitando, pero tenemos que seguir cuidándonos mucho, tomando las precauciones del caso. Que se desinfecte el vehículo donde se vayan a trasladar y que se desinfecten las cosas y elementos que se lleven y que todo lo aprendido durante estos dos meses de aislamiento se use ahora”.
El decreto habla de grupos de cercanía, con un número de personas de hasta 10 como máximo, a distancias acotadas y priorizando la salud de los adultos mayores y grupos de riesgo.
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