La decisión ratifica el fallo de primera instancia y declaró inadmisible el Recurso de Nulidad Extraordinario deducido por la Municipalidad, por lo que ha quedado firme la decisión por el recurso de amparo ambiental presentado por la Defensoría del Pueblo y del Ambiente en favor de los vecinos próximos al actual relleno sanitario.
Se ordena al Municipio de San Martín de los Andes no abrir la Sexta Celda en el Relleno Sanitario, con lo cual debe preverse otro sitio de disposición final de los residuos orgánicos, y la remediación del vertedero.
Brunilda Rebolledo, Intendenta de la localidad, remarcó la gravedad que esto le significa al Municipio y detalló que ahora lo que le preocupa es donde se llevarán los residuos sólidos urbanos de San Martín de los Andes.
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