La Cámara de Diputados trasformó en ley la propuesta de modificación del artículo 128 del Código Penal que castiga con penas de tres a seis años de prisión, no sólo la distribución y comercialización de pornografía infantil sino también la simple tenencia. La norma, que modifica el artículo 128, había sido sancionada por el Congreso en marzo pasado. De este modo se transforma en un delito no excarcelable.
Hernán Navarro, fundador de la O.N.G. Grooming, dijo que “Argentina, está dentro de los 10 países en que más tráfico existe”.
“Ha sido un día no sólo importante sino histórico en nuestro país, debido al avance de estas nuevas tendencias. Hacía mucho tiempo que nosotros veníamos haciendo planteos en relación a la pornografía infantil, una problemática muy grave, que está creciendo considerablemente no sólo en Argentina, sino a nivel mundial”.
El Dr. Navarro mencionó que en el año 2017 se duplicaron las denuncias respecto del anterior. Hubo más de 25.000 en los últimos 5 años, lo que significa que se realizan entre 25 y 30 presentaciones diarias.
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