La jueza Zulema Cano declaró formalmente el amparo presentado por un grupo de 70 vecinos y ordenó al municipio y a la SCPL, según pudo saber ADNSUR, que se abstengan de cobrar impuesto inmobiliario, tasa de higiene, agua, luz y cloaca –respectivamente- “en los casos que tales servicios no se estén brindando o bien no se puede hacer el debido uso de los mismos”, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Por ahora, la resolución no ordena cumplimentar otro de los requerimientos de los vecinos, que es un subsidio de 100.000 pesos por cada familia afectada, a abonar en 10 cuotas mensuales consecutivas.
La medida fue conocida sobre el mediodía de este miércoles y significa un primer paso en la tramitación del amparo, que implica el avocamiento al análisis de la demanda de fondo, que se vincula a la vulneración de derechos constitucionales que protegen el ambiente y la salud, según el planteo legal del grupo de frentistas afectados por la tormenta.
Sobre el planteo del resarcimiento económico, la jueza expresa que ese reclamo va dirigido al intendente municipal, por lo que se deberá aguardar la resolución de la cuestión de fondo, en el que el municipio debe elaborar un informe sobre los damnificados y canalizar una normativa municipal que viabilice dicho beneficio, en caso de que finalmente la sentencia considere fumdamentado el planteo de los amparistas.
Palabras de la Dra. Terranova a "Estación Alfa":