El secretario de Prevención y Asistencia a las adicciones de la provincia de Córdoba, Darío Gigena Parker, señaló que para ordenar una internación contra la voluntad de una personal, debe actuar “un equipo interdisciplinario el que debe actuar, además de la autoridad judicial. “También tiene que tomarse la cuestión terapéutica para evaluar el riesgo “inminente”. Es un riesgo difícil de precisar”, señaló Gigena Parker en diálogo con Radio Nacional.
A partir de la situación que involucró al músico Santiago “Chano” Moreno Charpentier, el funcionario aseveró que muchas veces las fuerzas de seguridad se ven impedidas de actuar sin la evaluación del personal especializado. “Cuando la persona no está en condiciones de cuidarse, la única manera de actuar en contra de su voluntad debe ser hecha bajo el concepto de riesgo cierto e inminente”, explicó el funcionario.
Respecto del accionar que debe tomar las fuerzas de seguridad, Gigena Parker remarcó que mayormente la actuación pasa por mediar para encausar la situación. No obstante, aseveró que cuando media una posibilidad de agresión, personal del Grupo Especial de Salvamento (GES) y Bomberos tienen experiencia para actuar. “Es competencia de las fuerzas de seguridad y no de salud”, explicó el secretario, quien además dio cuenta de la existencia de muchos espacios a los cuales los familiares pueden concurrir para el tratamiento de personas con consumo problemático.
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